Responsabilidad Civil: en este tipo de seguro el interés asegurado se refiere a la responsabilidad que eventualmente pueda asumir el operador como consecuencia del almacenaje (depósito de esas mercancías). El operador no protegería las mercancías almacenadas, sino que mantendría íntegro su propio patrimonio frente a la responsabilidad derivada y asumida en el contrato con su cliente. No obstante, puede generar conflicto comercial. Para que un seguro de responsabilidad civil “responda” tiene siempre que haber una reclamación de por medio, en este caso el propietario de la mercancía, que a su vez es cliente del operador encargado de su custodia en almacén, tendría que reclamar por lo que le haya ocurrido a la mercancía. En una relación proveedor/cliente el hecho de que exista una reclamación de por medio ya implica un problema comercial importante.
–Daños: en este caso lo que se asegura es el interés en la conservación de las mercancías almacenadas. Como operador, al ser responsable de esas mercancías tienes un interés en asegurarlas, por lo que puedes hacerlo en nombre del propietario de la misma.


